SINIESTROS
En todos los casos se deberá realizar la denuncia administrativa dentro de las 72 hs de ocurrido el siniestro.
INCENDIO
- Dentro de las 72 hs posteriores de ocurrido el hecho informe a la empresa o productor con la correspondiente denuncia policial y constancia de bombero.
- Tome fotografías de los daños.
ROTURA DE CRISTALES
- Fotografíe los daños.
- Realice la denuncia administrativa.
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
- Priorizar la atención de los lesionados en caso de que existan. Recordar solicitar a la autoridad interviniente la constancia del sumario para adjuntar con la denuncia administrativa.
- Obtener los datos personales: titular, conductor, vehículo y los testigos.
- Brindar todos sus datos al tercero.
- Realizar la denuncia administrativa en la oficina dentro del as 72 hs. junto con la cédula verde y el registro. Si el que presenta la denuncia no es el conductor, deberá aportar fotocopia.
ROBO
- Parcial
- Dirigirse a la agencia más cercana dentro de las 72 hs. con la correspondiente denuncia policial.
- Tomar fotografías de los faltantes.
- Total
- Dirigirse a la agencia más cercana dentro de las 72 hs. con la correspondiente denuncia policial.
- Una vez realizada la denuncia administrativa recibirá los pasos a seguir.
DAÑOS PROPIOS
- Parcial
- Previo a la correspondiente denuncia administrativa, deberá informarnos con 72 horas de anticipación, fecha y domicilio donde verificar la unidad, a fin de designar inspector.
- Total
- Previo a la presentación de la denuncia administrativa, deberá informarnos dónde se encuentra la unidad a fin de designar inspector que verifique que los daños de los mismos se encuadren dentro de dicha cobertura.
- Dentro de las 72 hs. de ocurrido el hecho deberá hacer la denuncia correspondiente.
- De acuerdo al riesgo afectado podrá solicitarse la denuncia policial o constancia de bomberos.
- Recuerde tomar fotografías.
- Realice la denuncia correspondiente a la autoridad competente.
- Dentro de las 72 hs. de ocurrido el hecho deberá hacer la denuncia administrativa en nuestras oficinas.
- Individual:
- La o las personas beneficiarias deberán dirigirse a la oficina para recibir asesoramiento sobre los pasos a seguir y la documentación a presentar.
- Colectivos / contrato de trabajo:
- El empleador o los beneficiarios deberán dirigirse a la oficina para recibir asesoramiento sobre los pasos a seguir y la documentación a presentar.
- Dirigirse a la oficina dentro de las 72 hs. de ocurrido el hecho para realizar la denuncia administrativa.
- Lesión física/ asistencia médica:
- Certificado médico de atención.
- Comprobantes originales de gastos médicos (recetas, facturas, troqueles, etc.).
- Muerte:
- Certificado de defunción (legalizado).
- De no existir beneficiarios, declaratoria de herederos.